Declaración de imparcialidad

Cómo garantizamos la independencia y la objetividad de nuestras certificaciones

Declaraciones IGC-F-000-05 (sistemas de gestión) e IGC-OP-07 (Esquema Nacional de Seguridad)

Nuestro compromiso

La Dirección General de IGC Certificación Global, S.L.U. reconoce la importancia de mantener la independencia y la imparcialidad, gestionar los conflictos de intereses que puedan surgir y asegurar la objetividad de todas sus actividades de certificación. Para ello, IGC identifica y analiza las posibles fuentes de conflicto de intereses y determina en qué casos no debe ofrecer o prestar sus servicios de certificación.

Esta declaración se aplica a todas las actividades de certificación de IGC en todos sus emplazamientos:

  • Sistemas de gestión, conforme a los requisitos de imparcialidad de la norma ISO/IEC 17021-1.
  • Esquema Nacional de Seguridad (ENS), conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17065 y al Real Decreto 311/2022.

IGC tiene plena autoridad sobre su actividad de certificación, que es totalmente independiente de cualquier otra actividad de la empresa.

No prestamos consultoría a quienes certificamos

Ni IGC, ni ninguna parte de su misma entidad legal, ni ninguna entidad bajo su control presta servicios de consultoría a sus clientes de certificación. Tampoco realizamos auditorías internas de los sistemas que certificamos, porque se consideran una forma de consultoría.

En los sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, consideramos consultoría, entre otras actividades:

  • Actuar como coordinador de seguridad y salud en el trabajo.
  • Elaborar informes de seguridad o evaluaciones de riesgos.
  • Comunicarse con las administraciones o autoridades competentes en nombre del cliente.
  • Investigar accidentes e incidentes.

En el ENS, no prestamos consultoría de implantación de sistemas de gestión o de gobierno de la seguridad de la información, ni de metodologías o herramientas como el propio ENS, ISO/IEC 27001, COBIT, OCTAVE, MAGERIT o PILAR. Tampoco diseñamos, fabricamos, instalamos, distribuimos, operamos ni mantenemos los sistemas, procesos o servicios que certificamos.

Además, nunca presentamos nuestros servicios de certificación vinculados a los servicios de consultoría de otras organizaciones, de forma que pudiera parecer que ambas actividades están relacionadas.

No certificamos a consultoras

Por considerarlo una amenaza inaceptable para la imparcialidad, IGC no certifica:

  • Los sistemas de gestión de organizaciones que ofrecen consultoría en sistemas de gestión ambiental, de seguridad de la información o de seguridad y salud en el trabajo.
  • Los sistemas de información de organizaciones que ofrecen consultoría para la conformidad con el ENS.

Quién puede participar en una certificación

Todo nuestro personal, el equipo directivo, los auditores y expertos técnicos y los intérpretes o traductores, propios y externos, incluidos los miembros de las comisiones de certificación, de apelaciones y del Comité de Partes Interesadas, se comprometen a cumplir esta declaración. En concreto, no puede participar en la certificación de una organización quien:

  • Haya trabajado para ella como consultor, directamente o a través de una empresa consultora, en los últimos dos años en sistemas de gestión de la calidad y en el ENS, o en los últimos tres años en sistemas de gestión ambiental, de seguridad de la información y de seguridad y salud en el trabajo.
  • Tenga familiares en primer o segundo grado en puestos directivos de esa organización.
  • Tenga cualquier interés comercial o de otro tipo en ella que suponga una amenaza inaceptable para la imparcialidad.

Cuando contratamos auditores externos, comprobamos que ni ellos ni sus empresas vinculadas hayan prestado consultoría en los sistemas que certificamos o vamos a certificar durante esos mismos plazos.

Decisiones y subcontratación

  • Todas las decisiones de conceder, denegar, mantener, ampliar o reducir el alcance, renovar, suspender, restaurar o retirar una certificación las toma personal de IGC competente, imparcial y cualificado para ello.
  • No subcontratamos a empresas de consultoría ninguna parte del proceso: ni las auditorías, ni la oferta del servicio, la asignación del equipo auditor, la programación, la revisión de resultados o la decisión de certificación.
  • No subcontratamos a otras organizaciones ninguna parte de nuestras actividades de certificación, ni certificamos las actividades de otros organismos de certificación.

Formación

IGC no imparte a sus clientes certificados formación que ofrezca soluciones específicas sobre sus auditorías o sobre los sistemas que certifica. Cuando impartimos formación genérica, como cursos sobre los requisitos de las normas o sobre auditoría interna, informamos públicamente de que es genérica y de que el instructor no dará soluciones específicas sobre la implantación o el mantenimiento de los sistemas. Además, nos aseguramos de que:

  • Los cursos no contienen soluciones ni recomendaciones específicas para implantar o mantener los sistemas que certificamos.
  • La Dirección de Certificación revisa y aprueba el contenido de los cursos, incluidos ejercicios y exámenes, antes de impartirlos.
  • Llevamos un control de los cursos en los que participan clientes o posibles clientes, para detectar y gestionar riesgos para la imparcialidad.
  • Los instructores conocen la importancia de cumplir esta declaración y la firman.
  • Si hubiera dudas sobre el cumplimiento de estos requisitos, los auditores que hayan actuado como instructores no podrán auditar a esos clientes ni participar en su certificación durante los dos años siguientes en sistemas de gestión de la calidad y en el ENS, o los tres años siguientes en sistemas de gestión ambiental o de seguridad de la información.

Auditorías conjuntas

Las auditorías conjuntas son aquellas en las que dos o más organismos auditores colaboran en la auditoría de un mismo cliente. Cuando IGC participa en ellas, no ejerce sobre los demás organismos ninguna presión técnica, comercial ni financiera que pueda afectar a la imparcialidad de sus decisiones. Nuestras propias decisiones de certificación se basan únicamente en las evidencias objetivas obtenidas por IGC, sin influencia de otros intereses ni de los demás organismos.

Acceso no discriminatorio a la certificación del ENS

  • Nuestras políticas y procedimientos, y su gestión, se aplican de forma no discriminatoria. No utilizamos procedimientos que impidan o dificulten el acceso a los solicitantes, y limitamos la evaluación, la revisión, la decisión y la vigilancia a los aspectos relacionados con el alcance de la certificación.
  • La certificación es accesible para todos los solicitantes cuyas actividades estén dentro de nuestro alcance, sin depender de su tamaño, de su pertenencia a una asociación o grupo, ni del número de certificaciones ya emitidas, y sin condiciones financieras ni de otro tipo indebidas.
  • Nuestras fuentes de financiación proceden únicamente de las actividades de certificación y de formación, como consta en las cuentas anuales que IGC presenta en el Registro Mercantil.

Comité de Partes Interesadas

IGC cuenta con un Comité de Partes Interesadas entre cuyas funciones está velar por la imparcialidad, conforme a esta declaración y a los requisitos de la acreditación. Para ello, IGC le facilita el acceso a toda la información sobre sus actividades de certificación.

Declaración aprobada expresamente por Antonio Martín Frutos, Director General de IGC Certificación Global, S.L.U., como máximo responsable de la imparcialidad.

Descargar los documentos